Los discursos parlamentarios de Práxedes Mateo-Sagasta

VOLVER AL MENÚ PRINCIPAL


158
Legislatura: 1858-1860 (Cortes de 1858 a 1863)
Sesión: 3 de mayo de 1859
Cámara: Congreso de los Diputados
Discurso / Réplica: Discurso
Número y páginas del Diario de Sesiones: n.º 108, 2.959 a 2.962
Tema: Dependencia de las escuelas especiales de caminos, montes y minas de su centro directivo

El Sr. SAGASTA: Fácilmente habrán comprendido los Sres. Diputados el móvil que ha impulsado al Sr. Moyano a levantarse a contrariar el dictamen de la Comisión; y fácilmente, digo, que lo habrán comprendido, advirtiendo que más que a combatir el dictamen, se ha levantado a defender la ley que dio S.S. Su señoría ha cumplido con su deber, y ha cumplido con un deber muy tierno; el deber de padre. Mal padre hubiera sido S.S., si a un hijo tan joven todavía le olvidara en cierta manera. Para los padres, hasta los defectos de los hijos pasan desapercibidos, o los convierten en bellezas, y esto le ha sucedido a S.S. con la ley que expidió. La Comisión tendrá poco que decir en defensa de su dictamen, porque no ha sido atacado. El Sr. Moyano ha expuesto las razones que tuvo para dar aquella ley, y realmente no ha hecho al dictamen una impugnación terminante y directa.

Empezó S.S. por hacer la historia de la instrucción publica desde el plan de Calomarde: que la instrucción pública estaba mal en España, no hay para qué decirlo; todos cuantos se han ocupado de algunos de los ramos del saber humano, lo han podido comprender; y aun los que no se han ocupado de esto han tenido ocasión de saber por sus parientes y allegados el triste cuadro que ofrecía la instrucción pública en España. Es una verdad, señores, innegable, que el estado de la instrucción pública en España exigía modificaciones, exigía una ley; pero en lugar de una ley, lo que se dio fue unas bases, que así podían servir para hacer una ley buena como para hacer una ley mala. Yo no voy a entrar a discutir la ley de instrucción pública, y voy a limitarme única y exclusivamente a la especialidad de la ley en lo que tiene relación con las escuelas de ingenieros.

Se empieza por consignar en la ley y en las bases una cosa que no puede llevarse a cabo, estableciendo una confusión que daría lugar a muchas dudas y que impediría que la instrucción pública marchara con la regularidad que es de desear. Se dice en las bases que las escuelas especiales de ingenieros de caminos y canales, de ingenieros de minas y de ingenieros de montes, dependerán en el orden de los estudios de la Dirección general de instrucción pública, pero en todo lo demás de sus respectivos centros directivos. Si el Sr. Moyano me pudiera decir dónde está el límite que marca lo que corresponde a la Dirección y a los centros directivos, acaso comprenderé esta disposición. En estas escuelas especiales, en las escuelas de ingenieros está tan unido todo lo que tiene relación con los estudios y con lo que llamaba principio de la profesión el Sr. Moyano, que no es posible separarla.

Es preciso desconocer absolutamente el carácter de los estudios de los ingenieros para establecer esa distinción. No es posible fijar ese límite; y tan no es posible, que para convencerse de ello basta observar la historia de lo que está, sucediendo con los que se dedican a esas carreras. Por las bases de instrucción pública que propuso en su tiempo el Sr. Moyano, la carrera de ingenieros se dividía en dos partes; una que tiene relación con los estudios, otra con el ejercicio de la profesión. En la primera parte decía S.S.: yo no veo diferencia entre esa carrera y las demás. Pues yo voy a hacérsela entender al Sr. Moyano, porque es muy notable. El abogado, por ejemplo, tanta ciencia o aplicación puede adquirir en la cátedra como en el gabinete, en el sillón profesoral como en el sillón de su casa; y en escuelas especiales no puede suceder esto de manera alguna, porque es muy diferente y muy varia la aplicación de su ciencia, en términos que en cada país, y en cada localidad dentro de un mismo país, se aplica la ciencia de distinto modo, y una obra que es muy buena y conveniente en determinado punto, es mala, malísima, completamente inservible, en otra parte; y hoy en los adelantos que constantemente se están haciendo en este ramo, es absolutamente imposible que un profesor esté al alcance de todos los conocimientos sin salir de su cátedra, de su gabinete. Así es que a los profesores de ciertas carreras del Estado se les exige por punto general la inamovilidad como conveniente al profesorado. ¿Por qué? Porque es un principio, porque es un axioma que explicando se aprende, y que cuanto más se sabe mejor se explica; pero este principio aplicado a la carrera de los ingenieros pudiera llevar hasta el absurdo.

Encerrad a un profesor de ingenieros en su anfiteatro, donde no toque los inconvenientes ni las dificultades de las obras, ni la imposibilidad en determinados casos de salvarlas o de evitarlas, y mal podrá enseñar ese profesor a sus discípulos los medios de proceder en todas y cada una de estas circunstancias. Concretando esto mismo a un caso particular, fijémonos en el ingeniero que está hoy estudiando y ejecutando la distribución de aguas en Madrid.

Yo pregunto al Congreso: en igualdad de circunstancias, con otra persona que no haya llevado a cabo una obra de tanta importancia como ésta, y que no haya tenido que tropezar por consiguiente con un sinnúmero de dificultades, salvándolas unas, venciéndolas otras, ¿cuál estará en mejores condiciones para el profesorado; el que prácticamente ha tocado todas esas dificultades, o el que sólo las conoce y aprende en los libros? ¿Estará o no estará en mejores condiciones el primero de estos profesores? Indudablemente que sí. Pues eso que sucede en la obra que he puesto por ejemplo, ocurre en todas las demás; por esto la renovación de los profesores de ingenieros es un beneficio, porque lleva animación y vida a la enseñanza, cosa que no sucede con el abogado ni el médico, porque éste sin salir de su cátedra, en la mesa donde explica, tiene el cuerpo sobre que opera y allí puede hacer todo lo que hace el ingeniero con las obras que ejecuta; pero yo pregunto: ¿cree el Congreso que sería buen profesor de medicina, y, sobre todo, de cirugía el que no hubiese operado en cuerpo alguno? Pues el cuerpo en que operan los ingenieros son las obras de las diferentes localidades que puedan presentarse, y no puede contenerse como el del médico o el del abogado en un anfiteatro o cátedra; porque aunque se hiciera uso de modelos, nunca se tropezaría con las dificultades que presenta la práctica, que son tan variadas y diversas, como las obras y localidades en que se ejecutan. Y he aquí perfectamente explicada la diferencia especial entre uno y otro profesorado: en el primero, condición indispensable la inamovilidad; en el segundo, condición indispensable, la amovilidad con ciertos y determinados límites.

Pues aun cuando no sea más que esta diferencia esencial, ha de producir naturalmente otra diferencia en un profesorado que vive de tan distinta manera y en condiciones tan diferentes de los demás. Esto es claro y palmario, y lo que he dicho respecto del ingeniero que dirige la distribución de aguas en [2.959] Madrid, puede aplicarse lo mismo al que haya construido, por ejemplo, muchos caminos de hierro, y conociendo esto la administración, ha hecho catedrático de distribución de aguas al mismo que dirige las de Madrid, y ha hecho muy bien. ¿Quién estará más en disposición de explicar detalladamente, y con grande aprovechamiento para sus discípulos los caminos de hierro? ¿El que haya construido varias de estas vías, y haya tocado, por consiguiente, los inconvenientes que ofrecen, o el que los haya aprendido sólo en los libros? ¿Quién sabrá vencer mejor las dificultades que se presenten, el que las ha tocado materialmente, o el que sólo ha estudiado en los libros los medios de evitarlas sin haberlas nunca tocado? Indudablemente estará en mejores condiciones el primero que el segundo. ¿Y por qué no hemos de traer a la instrucción y a las cátedras esa savia, esa vida que produce la práctica unida al estudio? Y esto lo han reconocido todas las Administraciones, todos los Gobiernos; no hay uno sólo que no lo haya reconocido. Por eso, señores, el cirujano, por ejemplo, opera en su misma clase sobre el cuerpo humano, ejecutando lo que ha aprendido, y adelantando más aún de lo que estudió con mucha ventaja para sus discípulos. Pues esto que se procura con los médicos y los cirujanos, es necesario que se haga con los ingenieros, teniendo en cuenta que este por fuerza ha de hacer sus estudios prácticos fuera de la cátedra. Y aquí ve el Sr. Moyano la diferencia esencial que hay entre uno y otro profesorado, y la necesidad que hay de que el uno sea movible y el otro inamovible. La movilidad del uno sirve para adelantar los estudios; la inamovilidad del otro consigue por otro camino el mismo resultado. Y esto se ha reconocido en todos los países del mundo. En todas panes se ha procurado que el profesorado en la carrera de ingenieros sea movible, ya sea que se trate de ingenieros militares (que algunos me están escuchando), de artilleros, de ingenieros de caminos o de minas. Y no podía ser de otro modo, si la instrucción facultativa ha de ser lo que corresponde.

Pues bien: esta confusión que hay entre el estudio y el ejercicio de la profesión ha de traer naturalmente algo de confusión entre las disposiciones de la ley de instrucción pública y las Direcciones de los cuerpos si que pertenecen esas escuelas, y ha de producir también algo de irregular en la marcha y curso de la instrucción pública.

Pero el Sr. Moyano suponía que esta medida, es decir, la de centralizar la instrucción, produce grandes ventajas a la misma instrucción y proporciona economías. Y para demostrar esto decía el Sr. Moyano: hay una porción de materias que son comunes para todas esas carreras, así para el ingeniero de mina como para el de montes, caminos, etc. Y S.S. nos citaba esas asignaturas que son comunes, tales como el álgebra, la geometría, la trigonometría; preguntando enseguida: pues si todo es necesario a todas esas carreras, ¿para qué nombrar muchos profesores si con uno sólo basta? Yo extraño tanto más esta equivocación, cuanto que S.S. ha sido Ministro de Fomento, y sabe o debe saber que estas materias no se estudian en las escuelas especiales. (El Sr. Moyano: Pero tienen que sufrir examen de ellas a su entrada.) Claro que deben sufrirle, como que es la base de todo; pero no las estudian en la escuela especial, ni se les exige título. Esas asignaturas las estudian en sus casas o donde quieren, con profesores del Gobierno o con profesores particulares. Vea S.S. cómo esas materias que son comunes no se estudian en las escuelas especiales. (El Sr. Carrias pide la palabra en contra, y el Sr. Montesino en pro.)

Después de haber hablado el Sr. Moyano de las escuelas especiales en este sentido, añadía que esas materias debían estudiarse en la escuela politécnica, dejando para las especiales la aplicación. Pues eso, ni más ni menos, es lo que se hace y lo que se pide en el proyecto que hemos presentado y que voy a leer, porque parece que el Sr. Moyano no lo ha leído o que está trascordado completamente. Decía S.S.: el álgebra, la geometría, la trigonometría, la teoría general de ecuaciones, etc., pueden estudiarse con un solo profesor dejando la aplicación para las escuelas especiales. Y añadía S.S. con esa fórmula gráfica que emplea: ¿Quiere Vd. aplicar eso que ha aprendido? Pues vaya Vd. a la escuela especial. Precisamente esto es lo que dice el proyecto. Óigalo el Sr. Moyano y también el Congreso:

" Artículo único. Las escuelas especiales de los cuerpos de ingenieros de caminos, canales y puertos, de minas y de montes, estarán bajo la dependencia de los centros directivos de los respectivos servicios, y en ellas se harán los estudios de aplicación de las enseñanzas superiores, desde que se haya completado la organización de la facultad de ciencias, hasta cuyo tiempo continuarán con las asignaturas que hoy tienen." (El Sr. Moyano: Pero dependiendo de la Dirección de instrucción pública.) Pero ¿qué tiene que ver la dependencia de esas escuelas de este a otro centro con lo que en las escuelas se enseña?

Su señoría decía con esa fórmula gráfica: ¿quiere Vd. estudiar en la escuela de caminos? Pues estudie todo lo que es común a esa escuela y a todas las facultativas con un profesor del Gobierno; y cuando llegue Vd. a los estudios de aplicación, entonces irá usted a la escuela de caminos. Pues esto es, ni más ni menos: que estudie fuera, que estudie como lo tenga por conveniente, que estudie con profesores del Gobierno o con profesores particulares, esto es indiferente para que sea admitido en la escuela. Claro es que en la escuela se exige alguna garantía, la garantía del saber, que sirve de base para comprender la carrera si sabe, no necesita saber la escuela con quién ni cómo ha estudiado, sino que ingresa en la escuela, y si no sabe, no entra a estudiar las ciencias en su parte superior.

Vea, pues, el Congreso cómo no tiene que apesadumbrarse por el aumento de gasto que produce este proyecto de ley; nada de eso: no se gasta ni más ni menos. Ahora se gasta menos, porque en la escuela que se piensa establecer se estudian materias que no se estudian en las escuelas especiales, que se exigen para la entrada en la escuela, peso que allí no se estudian.

Con este motivo S.S. ha dicho también, y no me haría cargo de esta especie si no hubiera encontrado cierto asentimiento en la Cámara; ha dicho S.S. que los ingenieros deberían estar como los médicos y los abogados, que no están subvencionados por el Gobierno. ¡Ojalá que llegue pronto ese día! Yo extraño que esto haya obtenido la aprobación de algunos señores Diputados. ¿No es verdad, Sres. Diputados, que en cumplimiento de vuestro deber, lo reconozco, andáis acosando continuamente al Ministro de Fomento [2.960] para que os dé ingenieros? Pues si esto es verdad, queda demostrado que el Gobierno no tiene los ingenieros que necesita; y si no los tiene, no puede hacer más que lo que hace. ¿Es que parece que el Gobierno coge para sí todos los ingenieros que salen de la escuela y que no queda sobrante alguno, y que esto podría remediarse disolviendo el cuerpo? ¿Queréis que se disuelva el cuerpo? Enhorabuena, que se disuelva; veríais como el Gobierno tendría que llamar a todos los ingenieros que saliesen del cuerpo. Pero aun prescindiendo de esto, resultaría otra circunstancia más favorable para los ingenieros, y que es necesario sepa el Sr. Moyano, ya que ha tocado esta cuestión. Se dice que hoy los ingenieros tienen todo lo que piden, como en otro tiempo sucedía a los eclesiásticos. Pues yo de mí sé decir que hace once años salí de la escuela, y sin embargo, ¿sabe S.S. a qué sueldo he llegado después de tantos años y tantos estudios? Pues sólo he llegado a obtener 12.000 rs. (El Sr. Moyano: ¿Y cuántos abogados hay que no tienen un cuarto?) ¿Y cuantos abogados hay que ganan 4.000 duros?

Pues bien; el día en que el Gobierno disolviera el cuerpo, lo que es yo no le había de servir por 12.000 reales, y como yo habría otros muchos. Y ¿sabe el Congreso lo que sucedería con esto? Que el Gobierno tendría lo peor, la escoria, lo que nadie quisiera. Si quiere esto el Sr. Moyano, si el Sr. Moyano quiere que estén dirigidas las obras del Gobierno por ingenieros que nadie quiera, eso es diferente.

Esta es la única carrera, señores, estos los únicos empleados que se hallan sujetos a cierta ley y que están fuera de la arbitrariedad de un Ministro, o a cubierto de los golpes que puede recibir por la amistad que un Ministro tenga con otra persona. Y esto ¿a qué se ha debido? A los sacrificios, y sacrificios costosos, que impone esta carrera, que bien lo saben los padres que tienen hijos en esas escuelas. Pues bien; en compensación de esto, tienen la garantía de que no serán víctima de una injusticia, ni de la arbitrariedad de un Ministro. Esto, sin embargo, parece duro al señor Moyano y a algunos Sres. Diputados que quieren ver convertida esta clase en lo que están convertidas las de los demás empleados. ¡0jalá Sr. Moyano, ojalá que esto se generalice a todos los empleados! De esta manera se obtendrían empleados entendidos, probos e independientes, que si no lo son, es porque les cuesta el destino, y detrás del destino el pan para sus hijos. Aquí que estamos clamando todos los días por una ley de empleados, aquí se trata de los únicos empleados que tienen una ley, y se les quiere quitar y dejarles como a todos los demás. Y ¿es así como se quiere que haya ingenieros? No dadles garantía, y veréis los que habrá.

Otra cuestión ha tocado el Sr. Moyano, y es la de si sería más conveniente el que los profesores de las escuelas especiales se nombrasen por oposición o de Real orden. Esto se halla ya contestado indirectamente por la cuestión de amovilidad. Pero hay además otra consideración, aunque no hubiera la de la amovilidad: para las ciencias que se estudian en la escuela de ingenieros, que ya he dicho no son las que S.S. creía, sino las ciencias de aplicación, no puede estar en disposición más que el que sea ingeniero; de modo que las oposiciones no podían tener lugar más que entre ingenieros: a eso quedaría reducida la cuestión. Y ya comprende el Sr. Moyano que no hay bastante personal para hacer esas oposiciones; porque si saben las ciencias de aplicación, son ingenieros, y como tales están sujetos a esa amovilidad, que en otras carreras no es conveniente tenga el profesorado. Además que no hay personal bastante, porque constantemente hay que renovar el de Madrid con el de las provincias y el de las provincias con el de Madrid. Eso por ahora no es posible. Esto mismo sucede en todos los países donde hay cuerpos facultativos. ¿Recuerda S.S. algún país en que sus escuelas sean desempeñadas por profesores nombrados en virtud de oposición? No; no hay ninguno. En Francia, como en Bélgica, como en Rusia, los profesores de las escuelas de las carreras especiales son individuos de esas mismas carreras, individuos de los mismos cuerpos.

La Administración toma para eso sus precauciones y exige ciertas y determinadas condiciones; eso en España; en otras partes se dice: el que sea ingeniero puede ser profesor de la escuela de ingenieros, porque tales condiciones se exigen al ingeniero que su título es el de oposición para la cátedra. Pero aquí no hay eso; el que es llamado no se le dice: tú por ser ingeniero eres bastante para profesor; se exigen ciertas notas en los exámenes, tal número en la promoción, y una porción de cosas que sólo aquí se exigen, no en otros países. Esto mismo sucede con todos los cuerpos facultativos, militares o civiles: aquí me están oyendo algunos dignos ingenieros militares, y que me digan si las cátedras de ingenieros militares estarían bien desempeñadas por profesores que no fuesen ingenieros militares.

Su señoría también en una pequeña digresión ha manifestado que de darse las cátedras por oposición resultaría un gran número de ingenieros vacantes y en disposición de ser empleados en los servicios de la carrera. Su señoría supone que con los ingenieros que saliesen de la escuela habría bastantes para llenar los huecos que hubiera en el cuerpo.

Yo digo que no se ganaría un individuo más, porque lo que podría suceder es que algún ingeniero que no correspondiese al cuerpo entrase en una cátedra de la escuela, y a eso digo yo: ese ingeniero que el Gobierno aprovechaba para sí, le quitaba a la industria particular, porque si estaba en disposición de explicar caminos de hierro, canales o puertos, estaría en disposición de construir caminos de hierro, canales o puertos; nueve o diez ingenieros son los que creo que hay en la escuela: pues bien; quiere decir que habría nueve o diez individuos aptos para explicar las materias que se explican en la escuela; pero no ganaríamos nada. Pero dice S.S. que sólo en Madrid hay 40 ingenieros. Su señoría que ha sido Ministro sabe bien que apenas hay bastantes con ese número, que no sobra uno siquiera, y si son muchos, de esto no tienen la culpa los ingenieros; la tiene la Administración, el modo de ser de la Administración; pero yo quiero que se me diga si es posible rebajar un solo individuo de los que componen la Junta consultiva, si es posible disminuir uno solo de los profesores de la escuela, si es posible disminuir uno solo de los ingenieros que están dedicados a la carta geológica o de los que están de oficiales en el Ministerio, que son dos o tres, y por último de los que están destinados al distrito de Madrid. En la Junta Consultiva hay 25 ingenieros, y bien sabe el Sr. Moyano que no se puede suprimir ni uno; en la escuela hay 10, que son 35, y no sé qué clase va a suprimir S.S.; pues quedan cinco para el distrito de Madrid, que tiene muchas carreteras [2.961] en recomposición, y además para ocuparse de la formación de la carta geológica y de otra porción de comisiones importantes e imprescindibles.

Aquí, señores, la unidad de la enseñanza se ha llevado a la exageración, porque de que dependan las escuelas de ingenieros de la Dirección de obras públicas o de la Dirección de instrucción pública, la unidad colectiva no se rompe, porque ante todo el Ministro de Fomento es el jefe que reasume en sí todos los departamentos del Ministerio; por consiguiente, la unidad de la enseñanza no desaparece por eso.

Pero aún en otros países en que hay un Ministerio exclusivamente de Instrucción publica, y que parece que con mayor razón había de reasumir en sí todo lo que perteneciese a la instrucción pública, sabe S.S. que no sucede eso; el Sr. Moyano sabe que la escuela politécnica o de ciencias no depende del Ministerio de Instrucción pública; sabe que depende del Ministerio de la Guerra; esa escuela politécnica, que se toma ahora como modelo de la que se va aquí a establecer. Pues en Francia, donde hay un Ministro exclusivamente de Instrucción pública, la escuela politécnica no depende de ese Ministerio, sino de otro, y aquí que tenemos un Ministerio de Fomento que reasume en sí los diversos ramos del saber humano y que tiene a su cargo las dos Direcciones de instrucción y de obras públicas, se dice que se rompe la unidad de la enseñanza porque dentro de ese Ministerio, dentro de esa misma unidad, están en un departamento o en otro las escuelas especiales o de ingenieros. Resulta, pues, de aquí que si las escuelas especiales están en uno a otro departamento la unidad de la enseñanza subsiste; porque ¿cuál es entonces el papel del Ministro? Resulta de aquí que no pueden exigirse condiciones iguales a los profesores de esta carrera y a los de las otras, y no siendo iguales las condiciones no pueden ser iguales las circunstancias y deben separarse de ese círculo de hierro dentro del cual se quiere colocar a todos. Resulta de aquí que esa necesidad de la ley de instrucción pública, no se refería precisamente a las escuelas de ingenieros, se refería a esas otras ciencias, a esas otras carreras que se estudian en las Universidades; así es que cuando se dijo que todo lo que dependiera del ramo de instrucción pública pasara al Ministerio de Gracia y Justicia, nadie se acordó de que las escuelas especiales pasaran también a aquel Ministerio; claro es por consiguiente que en este ramo de instrucción pública no se comprendían las escuelas especiales; de la misma manera que no era posible que se creyese que al Ministerio de Gracia y Justicia habían de ir la escuela de marina ni la de telégrafos.

Había en efecto una gran necesidad de una ley de instrucción pública; pero era de la instrucción pública que se llevó del Ministerio de Fomento al de Gracia y Justicia, sin que a nadie le ocurriese que habían de pasar también las escuelas de ingenieros. Y si no ¿ por qué no habían de llevarse también al departamento de Instrucción pública los artilleros, los ingenieros militares y los individuos del cuerpo de estado mayor del ejercito? Pues qué, ¿no tienen estudios importantes, y muy importantes que hacer? Luego aquí se clama mucho por la unidad de la instrucción pública, y allí donde está rota no se clama. ¿Por qué no se dice lo mismo, que con mayor razón podía decirse, de los seminarios conciliares? Ahí sí que no hay unidad; ahí sí que está rota, porque unos dependen de un Ministerio y otros de otro; pero cuando se hacen depender todos los ramos del saber humano de un Ministerio, ¿qué inconveniente hay en que unas escuelas dependan de uno de los departamentos de este mismo Ministerio, y otras de otro? No puede llevarse eso a la exageración ni aquí ni en ninguna parte; no puede llevarse a la exageración, por el inconveniente grave que resultaría de la diferencia del profesorado en estas escuelas, sobre todo en las de ingenieros.

Si ha de ser el director de instrucción pública el que nombre los ingenieros, el que los destine a los diversos servicios de su carrera, ¿cómo puede hacerlo si no conoce la aptitud, la reputación, los conocimientos, si no sabe la vida, la, historia de aquel ingeniero? (El Sr. Moyano: Lo hace el Ministro.) ¿Pero de quién tiene que valerse? Del director de obras públicas, no del de instrucción pública; luego vea el Sr. Moyano cómo para este caso el papel del director de obras públicas es mucho más importante que el del director de instrucción pública; y si esto ha de ser así, ¿por qué no figura fuera del Gabinete como figura dentro el director del respectivo ramo?

Creo, pues, que he demostrado al Congreso, porque me han anunciado que se va a levantar la sesión, que no sólo es conveniente, sino que es necesario que dependan las escuelas de ingenieros de su centro respectivo, y que sería conveniente y perjudicial el hacerlas depender de la Dirección de instrucción pública, sin que por eso se resienta ésta nada, ni tenga otros inconvenientes para la administración ni para el Estado.



VOLVER AL MENÚ PRINCIPAL